En apego al artículo 17 de la LGEEPA, que establece las obligaciones de todas las empresas que emitan o generen algún tipo de contaminación a la atmósfera; en DEISA te brindamos la solución a tus necesidades y requerimientos en materia de evaluaciones de las emisiones, en la instalación de puertos y plataformas de muestreo requeridas conforme a norma, en el control y reducción de tus emisiones contaminantes, así como en la gestión con las autoridades competentes.
Evaluación de contaminantes atmosféricos, tales como: Partículas (PST, PM10, PM2.5), Gases de Combustión (CO2, O2, CO, N2), NOX (Quimioluminiscencia), SO2, SO3, COV’s, Nieblas Acido (H2SO4, H2S, HCl, H3PO4) – Alcalinas (NaOH); Cloro, Amoniaco, Metales, Dioxinas y Furanos, entre otros contaminantes generados en equipos de servicios y procesos en Fuentes Fijas conforme se establece en la LEEGEPA y en referencias internacionales tales como la EPA Environmental Protection Agency.
Evaluación de contaminantes en el ambiente tales como SO2, NOx, CO, O3, PST’s y PM10, PM2.5 para determinar la calidad de aire como medida de prevención a la salud de la población y evaluar su exposición a estos agentes contaminantes.
Evaluaciones de Biogás (CH4, CO2) generado como resultado de la descomposición de la materia orgánica en rellenos sanitarios, plantas de tratamiento Anaeróbicos de desechos y en proyectos de eficiencia de energía. Así como para la cuantificación de la eficiencia de Oxidación para el intercambio por bonos de Carbono.
NADF-016-AMBT-2016: | Que establece los límites permisibles de emisión y su medición, de los equipos de combustión de calentamiento indirecto de 5 cc (176.5 mj/h) hasta 15 cc (529.5 mj/h), que deberán de cumplir los responsables de industrias tales como panaderías (hornos), secadores a base de calentamiento indirecto, tintorerías, lavanderías, hoteles (calderas, generadores de vapor; calentadores de agua), baños de vapor, clubes deportivos, balnearios, calentadores de aceite térmico, centros comerciales entre otros, ubicados en las CDMX. |
NADF-017- AIRE-2017: | Límites máximos permisibles de emisiones a la atmósfera para equipos de cremación e incineración tales como funerarias, hospitales, rastros, veterinarias. |
NADF-011-AMBT-2013: | Límites máximos permisibles de emisiones a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles en fuentes fijas (chimeneas), para equipos ubicados la CDMX que utilizan solventes orgánicos o productos que los contienen. |
NOM-085-SEMARNAT-2011: | Límites máximos permisibles de emisiones a la atmósfera para equipos de combustión de calentamiento indirecto y su medición. |
NMX-AA-009-1993-SCFI: | Flujo de gases por medio de tubo de Pitot. Instalaciones de puertos y plataformas de muestreo. |
NMX-AA-010-2001-SCFI: | Partículas contenidas en los gases que fluyen por un conducto |
NMX-AA-035-1976: | Bióxido de Carbono, monóxido de carbono y oxígeno en los gases de combustión que fluyen en el conducto |
NMX-AA-054-1978: | Contenido de humedad en los gases que fluyen por el conducto |
NMX-AA-055-1979: | Determinación de bióxido de azufre en los gases que fluyen por el conducto. |
NMX-AA-056-1980: | Determinación de bióxido de azufre y nieblas de ácido sulfúrico en los gases que fluyen por el conducto |
NMX-AA-069-1980: | Determinación de ácido sulfhídrico en los gases que fluyen por un conducto |
NMX-AA-070-1980: | Determinación de cloros y cloruros como ácido clorhídrico en los gases que fluyen en el conducto |
NMX-AA-090-1986: | Determinación de nieblas de ácido fosfórico en los gases que fluyen en el conducto |
NMX-AA-097-1986: | Determinación de amoniaco en los gases que fluyen en el conducto |
NMX-AA-114-1991: | Determinación la densidad de humo en los gases de combustión que fluyen |
Servicio Integral Ambiental, de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional.
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